CERTIFICACIÓN DE DISPOSITIVOS CUALIFICADOS DE CREACIÓN DE FIRMA Y/O SELLO ELECTRÓNICO

Aqui va una breve descripción …
  • Costo
    Conforme DOC-ICPP-13 Política Tarifaria, actualmente corresponde veinte (20) jornales mínimos
  • Tiempo de tramitación
    30 días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud prorrogables por igual periodo por motivos fundados
  • Validez
    La certificación tendrá validez por tres (3) años contados desde la fecha de la última validación realizada conforme a los estándares internacionales adoptados por la reglamentación
  • Oficina Responsable
    Dirección General de Comercio Electrónico
  • Beneficiario
    Prestadores Cualificados de Servicios de Confianza
  • Modalidad
    El formulario de solicitud correspondiente FOR-ICPP-06 debe ser presentado en forma electrónica al correo institucional info-dgce@mic.gov.py disponible 24 hs los 7 días de la semana, acompañado de las documentaciones requeridas

Beneficios

Certificación de los dispositivos de cualificados de creación de firma y/o sello electrónico 

Requisitos

● Solicitar confirmación de estado activo del certificado
● Solicitar confección de la liquidación de tasa
● Abonar tasa correspondiente
● Completar FOR-ICPP-06
● Cédula de identidad o pasaporte del solicitante o representante legal
● Constitución o instrumento de creación
● Documento que acredite la representación legal
● Documento/s que acredite/n el cumplimiento de normas y estándares técnicos.

Procedimiento paso a paso

Paso 1

Solicitar a la Autoridad de Aplicación (AA) a través del correo institucional info-dgce@mic.gov.py confirmación del estado ACTIVO del certificado, invocando el número NIST asociado (la AA deberá expedirse en un plazo de 10 días hábiles), confirmado el estado Activo realizar siguiente paso.

Paso 2

Solicitar confección de la liquidación de tasa indicando el concepto y RUC del solicitante.

Paso 3

Abonar tasa, el pago se puede realizar a través de bancos y modalidades detallados en la liquidación de tasa generada.

Paso 4

Presentar solicitud, documentación requerida y comprobante de pago de tasa al correo institucional info-dgce@mic.gov.py

Marco legal

Ley N° 6822/2021

De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos. Descargar.

Decreto N° 7576/2022

Por la cual se reglamentan artículos de la Ley N° 6822/2021 De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos. Descargar

Resolución N° 1390/2022

“Por la cual se establece el proceso de certificación de los dispositivos cualificados de creación de firma electrónica y/o sello electrónico.” Descargar.

Resolución N° 155/2023

Por la cual se establecen las condiciones de la certificación de dispositivos cualificados de creación de firma electrónica y/o sello electrónico. Descargar.

Resolución N° 157/2023

“POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ARTÍCULO 2º DE LA RESOLUCIÓN Nº 1389/2022, QUE ESTABLECE EL PAGO DE TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL MARCO DE LA LEY Nº 6.822/21 Y EL DECRETO REGLAMENTARIO Nº 7.576/22. ”

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Contactos

Teléfono:(+595) 21 513 533 al 540 – Internos 4000/7

Email:info-dgce@mic.gov.py / reclamo-dgce@mic.gov.py

Dirección: Cap. Pedro Villamayor esq. Cap. Nicolás Blinoff – Edif. CONVUE 2do. piso

Horario de atención: 07:00 a 15:00 hs